Feriados 2023 ¿Cómo diferenciar el feriado con fines turísticos?

En Argentina, la forma más sencilla actualmente de consultar los feriados nacionales, es accediendo a la página oficial del gobierno nacional, sección “feriados nacionales”.

(En esta página, encontrarás diferentes categorías de días resaltados, que incluyen Feriados Trasladables, Feriados Nacionales, Días no Laborables y Feriados con fines turísticos, cada uno con sus particularidades).

 

Es importante entender la diferencia entre estos tipos de días, especialmente cuando se trata de liquidar sueldos y aplicar la reglamentación de la LCT (Ley de Contrato de Trabajo) con respecto a los feriados.

 

Los Feriados Nacionales se refieren a los días establecidos como feriados a nivel nacional. Durante estos días, generalmente no se trabaja y los empleadores están obligados a otorgar el día libre, abonando los correspondientes beneficios adicionales establecidos. 

Por otro lado, los Días no Laborables son aquellos en los que el empleador tiene la facultad de requerir que se trabaje como un día normal. Durante estos días, no se otorgan beneficios adicionales, sino que se pagan como días «normales» de trabajo.

 

La confusión surge cuando se trata de los Feriados con fines turísticos. 

La ley 27.399 establece la posibilidad de que el Poder Ejecutivo nacional fije hasta tres días feriados o no laborables adicionales anualmente, con el propósito de promover la actividad turística. Estos días deben coincidir con los días lunes o viernes y se deben anunciar con una antelación de 50 días antes de que finalice el año calendario:

 

ARTÍCULO 7°.- El Poder Ejecutivo nacional podrá, adicionalmente a lo establecido en el artículo anterior, fijar anualmente hasta tres (3) días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes. El Poder Ejecutivo nacional deberá establecerlos con una antelación de cincuenta (50) días a la finalización del año calendario.

 

Por lo tanto, el gobierno puede establecer ya sea feriados o días no laborables con fines turísticos.

Para el 2023, en el decreto 764/2022, se estableció:

ARTÍCULO 1°.- Establécense como días feriados con fines turísticos, previstos en el artículo 7° de la Ley N° 27.399, las siguientes fechas:

AÑO 2023:

26 de mayo, 19 de junio y 13 de octubre.

Es decir, en este caso, los días con fines turísticos son feriados nacionales, por lo tanto, se deben tomar como tales a efectos de la liquidación.

 

Por lo tanto, es fundamental estar atento cada año a las disposiciones y decretos emitidos por el gobierno para conocer los feriados y días no laborables, incluyendo aquellos con fines turísticos, y poder realizar las gestiones y planificaciones necesarias en consecuencia.

Feriados 2023 ¿Cómo diferenciar el feriado con fines turísticos?